Jubilados: ocho «secretos» en el camino a la jubilación

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Este año es el último para la jubilación con los llamados límites de edad «transitorios», que se aplican para el período 2015-2021.

Ya está estallando la ola de asegurados hacia la jubilación, «corriendo» a una tasa récord del 70% respecto al año pasado, debido a los efectos de la pandemia de coronavirus, así como a la confusión que impera por los nuevos límites de jubilación a partir de 2022. .

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De hecho, se estima que la tasa de salida aumentará a finales de año, provocando una presión asfixiante sobre EFKA, en la que ya hay pendientes 300.000 pensiones (principal y auxiliar).

Se aclara que quienes hayan establecido un derecho a pensión en años anteriores o lo estén estableciendo este año, pero aún no han ejercido su derecho a jubilarse, podrán hacerlo después del 31 de diciembre de 2021.

Establecimiento de un derecho a pensión: Significa que al mismo tiempo se han cumplido todas las condiciones legales para el otorgamiento de la pensión. Para la jubilación por vejez, el derecho a jubilarse se establece cumpliendo los días mínimos de seguro y la edad exigida por la legislación de pensiones. A partir de la fecha en que se cumplan estas condiciones, el derecho establecido podrá ejercitarse con una solicitud de retiro en cualquier momento.

Certificado de prejubilación: Las solicitudes a EFKA dos años antes de alcanzar la edad de jubilación deben ser presentadas por todos los asegurados para recibir la pensión más rápido. Ahora bien, el certificado de prejubilación es obligatorio antes de la emisión de la decisión de jubilación, especialmente para quienes tienen seguros sucesivos con sello en dos o más Fondos.

El certificado de prejubilación certifica el tiempo asegurado de los futuros jubilados en los Fondos del Sector Privado (IKA, OAEE, NAT, OGA, etc.), ya que se fija dos años antes de que alcancen el límite de edad para jubilarse, en orden, cuando cumplida la edad de jubilación, no es necesario contar todos los sellos, sino solo los que se habrán cumplimentado desde la emisión del certificado de prejubilación.

Los ganadores: Quienes hayan cumplido el período de seguro requerido y la edad de jubilación hasta el 31/12/2021, no se ven afectados por los cambios en la legislación de seguros, que se aplican a partir del 1/1/2022 en adelante.

Para los asegurados que han establecido su derecho a pensión, pero completan el límite transitorio de sus disposiciones después del 1/1/2022, su pensión se paga durante el año en que se completa el nuevo límite de edad transitorio.

Los cambios desde 2022: Después del 31/12/2021, solo quedan dos opciones para quienes no logran establecer un derecho de pensión este año:

a) Para la pensión completa, los límites de edad se establecen a los 62 años (con 40 años o 12.000 días de seguro) oa los 67 años (con 15 años o 4.500 salarios de seguro).

b) Para la pensión reducida, el límite es de 62 años con 15 años de seguro (4.500 días de seguro).

Envíe una solicitud electrónica: Las solicitudes de jubilación ahora se envían electrónicamente al servicio disponible en el sitio web de EFKA. La aplicación electrónica incluye una referencia al tiempo total del seguro, si existe el deseo de canjear tiempos ficticios y cualquier otro detalle, como p. Ej. si el asegurado dejó de trabajar y cuando.

Años ficticios: El derecho al reconocimiento de períodos de seguro ficticios sigue siendo válido y no se suprime después del 1/1/2021.

La gran mayoría de los asegurados utilizan años ficticios para jubilarse antes de lo normal. Las solicitudes de reembolso o reconocimiento de tiempos ficticios, con el objetivo de establecer el derecho, pueden presentarse en cualquier momento, ya sea junto con la solicitud de jubilación, o más tarde o incluso antes. El pago se puede realizar a tanto alzado con descuento, a plazos o incluso reteniendo de la pensión.

Pensión reducida de IKA: Se necesita precaución para aquellos empleados del sector privado que deseen jubilarse con una pensión reducida en las condiciones de la antigua IKA. Y esto, porque es necesario tener 100 sellos cada año durante los últimos cinco años, antes de solicitar la jubilación. Los días del seguro no tienen por qué ser reales. Pueden complementarse con jornadas de desempleo subvencionadas por la OAED o con un seguro opcional.

Pensión con deudas: El asegurado autónomo – OAEE, OGA, EBRD – debe haber liquidado deudas con EFKA o deudas de otro modo hasta una determinada cantidad. En particular, las categorías de asegurados-deudores que pueden (bajo el nuevo régimen) solicitar directamente la jubilación son:

  • Autónomos (OAEE) que tuvieran deudas básicas superiores a 14.202 euros y deuda total (deuda básica y recargos) inferiores a 20.000 euros.
  • Autónomos, científicos, abogados, médicos, ingenieros, contratistas, notarios, trabajadores sanitarios, generalmente asegurados con el antiguo BERD, que adeudan más de 15.000 euros y hasta 20.000 euros.

Fuente: EDICIÓN IMPRESA LAS NOTICIAS

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